Resumen: INCAPACIDAD PERMANENTE. DECLARACIÓN. LIMITACIONES. FALTA DE RELACIÓN PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LA CONTRADICCIÓN y FALTA DE CITA Y FUNDAMENTACIÓN DE LA INFRACCIÓN LEGAL y FALTA DE CONTRADICCIÓN.
Resumen: Libertad Sindical. No inadecuación procedimiento. SE cuestiona como posible vulneración de el uso de las subvencionas dadas empresa al propio Comité de Empresa conforme al Convenio para realizar sus actividades. NO acreditado aquéllas actividad sindical. En el caso de autos consta que en la medida en que el Comité de Empresa no ha acreditado que las aportaciones efectuadas por la empresa en cumplimento del art. 33 del CC hayan sido destinadas a la realización de acciones sindicales, sino a complementar los ingresos económicos de los trabajadores en ERTE y demás actividades ajenas a la acción sindical como entregar tarjetas de navidad a los trabajadores o sufragar la cena de navidad, no puede entenderse que la actuación de la empresa haya comportado vulneración del derecho a la libertad sindical.